El Gobierno cambió las formas en que recibirá las quejas de los consumidores. Desde la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial decidieron crear un nuevo esquema federal de protección, «enfocado en la digitalización, la prevención y la resolución ágil de conflictos de consumo», dijeron. Lo harán mediante una serie de disposiciones, publicadas en el Boletín Oficial
Por un lado, mediante la Disposición Nº 890/2025 actualiza y ratifica a la Ventanilla Única Federal de Reclamos (VUF) como único canal formal, digital y federal para la presentación de reclamos de consumo. Esta herramienta permite a los consumidores iniciar gestiones sin intermediarios, desde cualquier lugar del país y con futura trazabilidad completa del trámite.
Actualmente, 17 jurisdicciones están adheridas al sistema, incluyendo la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de San Juan. La VUF se implementó en 2017 y ya gestionó más de 1.500.000 casos, con casi 80.000 registrados solo en lo que va de 2025.
Por otro lado, la Disposición Nº 892/2025 moderniza el Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC) para fortalecer su funcionamiento virtual. Las mejoras incluyen audiencias digitales, trámites electrónicos, plazos procesales más breves y la incorporación del Árbitro de Emergencia, una figura que garantiza la continuidad del proceso ante ausencias o recusaciones. También se habilita el uso de inteligencia artificial como herramienta auxiliar para la gestión de los reclamos.
El SNAC es voluntario, de alcance federal y sus decisiones tienen carácter vinculante, Es una alternativa a la vía judicial.
Defensor del Cliente
Por último, la Disposición Nº 893/2025 retoma la agenda de autorregulación del régimen del Defensor del Cliente, una herramienta de resolución directa y voluntaria que permite a las empresas gestionar reclamos a través de defensores internos o externos.
La nueva normativa flexibiliza su adopción, habilita medios digitales para su implementación y reafirma los principios de celeridad y trazabilidad. Esta medida apunta a promover mejores prácticas empresariales, facilitar soluciones sin judicialización y atenuar el impacto burocrático en las autoridades de aplicación.
La figura del Defensor del Cliente podrá ser de carácter unipersonal o colegiada, e interna o externa al proveedor. Se establece que, en caso de no haber acuerdo, el dictamen emitido por el Defensor del Cliente tendrá carácter vinculante y de cumplimiento imperativo para el proveedor si es aceptado por el consumidor. Una vez formalizado el acuerdo, este pondrá fin a la controversia de forma definitiva.
«Las tres disposiciones forman parte de una estrategia integral de modernización del sistema nacional de defensa del consumidor que avanza hacia un modelo más ágil, transparente y coordinado, garantizando a los consumidores un acceso sencillo y seguro para ejercer sus derechos, promoviendo la competencia y la responsabilidad en el mercado, alineados a las mejores prácticas globales», dijeron desde el Gobierno.
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